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Cachos y Derecho: Cuando la Infidelidad Pica y Se Extiende

  • Foto del escritor: Abogado Felipe Acosta
    Abogado Felipe Acosta
  • 29 nov 2024
  • 3 Min. de lectura

Derecho de FamiliaDivorcio

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    La Historia de Don Jaime y Doña Clara

    En un agradable sector de mi ciudad, Don Jaime y Doña Clara eran la pareja perfecta para el vecindario. Él, un comerciante carismático que siempre sabía cómo hacer reír a cualquiera; ella, una enfermera dedicada, que parecía sostener el hogar con la fuerza de su amor. Pero bajo esa fachada de armonía, algo se había roto. Las miradas cómplices se habían convertido en silencios incómodos, y las sonrisas mutuas, en gestos de resignación.

    Todo explotó una mañana cuando Clara encontró un recibo de un motel escondido en la guantera del carro de Jaime. El escándalo fue digno de una telenovela: gritos, lágrimas, y finalmente, el abandono del hogar por parte de Jaime, quien admitió después de mucho tiempo de negación haber sostenido una “amistad especial” con una vecina. Pero lo que realmente destruyó a Clara no fue el acto físico, sino el profundo sentimiento de traición y el maltrato emocional que vino con él. Así comenzó su batalla por el divorcio, invocando las causales 1 y 3 del artículo 154 del Código Civil colombiano.

    La Infidelidad: Más Allá del Lecho

    La historia de Don Jaime y Doña Clara no es única. La infidelidad, aunque muchas veces se asocia exclusivamente con el acto sexual, tiene implicaciones mucho más profundas. El daño psicológico que genera en el cónyuge traicionado puede ser devastador. Clara no solo perdió la confianza en su esposo, sino también en sí misma, viéndose sumida en un abismo de inseguridad y ansiedad que afectó incluso su desempeño laboral. Esto, según la Corte Constitucional, constituye una forma de maltrato psicológico, una conexión directa con la causal de ultrajes y trato cruel.

    El Dilema Probatorio: Entre Sábanas y Tribunales

    Cuando Clara presentó la demanda, el abogado de Jaime insistió en que no había pruebas del acto sexual. En efecto, demostrar una infidelidad en los términos del numeral 1 del artículo 154 es un reto, ya que las evidencias directas son raras. Aunque Clara tenía mensajes comprometedores y fotos sugestivas, el juez debía considerar si estos indicios eran suficientes para inferir una relación sexual. En muchos casos, como el de Clara, el derecho probatorio se ve forzado a usar la figura de la infidelidad moral, esa conexión entre la traición emocional y el daño psicológico, para dar lugar a un fallo justo.

    Solidaridad Económica: Más Allá de la Culpa

    Al final, el juez concluyó que los indicios eran suficientes para acreditar la infidelidad de Jaime y su impacto emocional en Clara. Pero la discusión no terminó ahí: Clara, ahora en una situación económica difícil tras abandonar su empleo temporalmente, solicitó una pensión alimentaria. El juez, reconociendo la vulnerabilidad en la que quedó tras la separación, ordenó a Jaime que brindara apoyo económico, no como castigo, sino como un acto de solidaridad.

    Entre Leyes y Refranes

    En el caso de Don Jaime y Doña Clara, la justicia no solo tuvo que desenredar el nudo legal, sino también comprender el impacto emocional y psicológico de la infidelidad. Como bien dice el refrán: “La justicia cojea, pero llega”. Y en el derecho de familia, esa llegada implica mucho más que resolver un caso; es restaurar, en la medida de lo posible, la dignidad y estabilidad de quien fue herido, recordando que el matrimonio no es una prisión, sino un espacio de bienestar y respeto mutuo.

    Y para finalizar

    Dicen que el amor nos vuelve incautos, pero parece que Jaime pensó que Clara era miope. ¿Un recibo de motel en la guantera? hay que ser mas como los políticos: destruye las pruebas, ¡no las archives en el carro como si fueran un certificado de revisión técnico-mecánica!

    Escrito y publicado el 129 de nov del 2024 por:

    Abogado Felipe Acosta

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